Entre las cualidades que resaltan quienes están por el “Apruebo” del proyecto de constitución que se plebiscita el próximo 4 de septiembre, es su carácter “feminista” que surgiría del el hecho de haber sido escrito por una convención paritaria y porque aborda una serie de temas que han sido puestos en el centro del debate político por la vigorosa lucha de las mujeres y disidencias particularmente en los últimos años. Sin dudas, lo más relevante a resaltar es la inclusión expresa del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, lo que de todas maneras requiere de una ley para que el acceso al aborto pueda efectivizarse (art. 61-3.) y, curiosamente, las disposiciones transitorias no establecen plazos de presentación y tratamiento de la misma como en otras materias.
En líneas generales y siguiendo la lógica de todo el texto constitucional, se procede al reconocimiento de una lista de derechos colocando al estado como el garante de los mismos, sin tocar el régimen político y económico que los negó sistemáticamente. Así se establece una democracia paritaria (art. 1- 2.), con todos los órganos colegiados del estado con composición paritaria (art. 6); la igualdad de género (art. 25); el derecho a “una vida libre de violencia” (art. 27); una educación no sexista (art. 35-4.); educación sexual integral (art. 40); en materia de seguridad social se dispone que se “asegurará la cobertura de prestaciones a quiénes ejerzan trabajos domésticos y de cuidados” (art. 45- 2.); en relación al derecho al trabajo, igual remuneración por igual trabajo y la garantía estatal de los “derechos reproductivos de las personas trabajadoras” (art. 46-2 y 5.); reconocimiento del trabajo doméstico y de cuidados (art. 49-1. y 2.); el “derecho al cuidado” de toda persona con la creación de un sistema integral de cuidados (art. 50-1., 2. y 3.) creación de viviendas de acogida para casos de violencia de género (art. 51-4.) y derechos sexuales y reproductivos respecto de los cuales el estado debe garantizar las condiciones para su ejercicio, acceso a información y prestaciones asegurando las condiciones para un embarazo y la interrupción voluntaria del mismo, el parto y maternidad voluntarios (art. 61-1., 2. y 3.).
Consideraciones generales
Ahora bien, corresponde preguntarse ¿qué posibilidades reales hay de ver materializados éstos derechos? En principio señalar que la convención constituyente, se preocupó centralmente de resguardar en el texto el andamiaje garante de capitalismo neoliberal de la constitución del 80 lo que significa que los negociados de los dueños de Chile y las transnacionales siguen intactos. Justamente estos grandes negocios se hicieron -y seguirán haciendo bajo el paraguas de la nueva constitución en caso de ser aprobada- a costa de la privatización de derechos esenciales como la salud, la educación, las pensiones. Siguen las prestadoras privadas de salud, siguen los colegios particulares subvencionados y las universidades privadas, siguen las AFPs. Integradas a los sistemas públicos que se crean, pero siguen. El estado más que garante de derechos, es en la nueva constitución garante de los negocios que se generan en torno a ellos.
Por otra parte, no por obvio está demás decirlo: ningún derecho está garantizado en tanto y en cuanto no se dispongan de los recursos necesarios para su financiamiento y, en relación a ello, el texto constitucional sólo se limita a plantear en el art. 20-2. “El financiamiento de las prestaciones estatales vinculadas al ejercicio de los derechos fundamentales propenderá a la progresividad”. La nada misma. El “poder constituyente” no nacionalizó recursos estratégicos como el cobre y el litio cuando con ello se podría garantizar con creces el acceso a los derechos. “Nacen” por lo tanto vaciados, muertos. No es serio tener expectativas de que el financiamiento provendrá de la reforma tributaria que Marcel está negociando con la burguesía: sus limitados objetivos, siguen siendo recortados en las negociaciones en la derecha. Considerar también que los derechos en cuestión dependen de una legislación que haga posible su ejercicio y exigibilidad, lo cual deja en poder del congreso, con su actual composición donde la derecha desde el senado tiene capacidad de veto, la última palabra.
Separando la paja del trigo
El derecho a la participación en la vida política, sindical, laboral ha sido una conquista histórica indudablemente. Ahora bien, la paridad no representa un avance per se. La democracia capitalista puede ser perfectamente paritaria, como lo demuestra éste borrador, ya que en definitiva no implica ello un cambio sustancial en su naturaleza. Sabemos que tampoco es suficiente para garantizar la participación de las laburantes, las madres trabajadoras, las precarizadas. Las que tienen resueltas sus condiciones materiales de existencia son las principales beneficiarias de éstas políticas. Tampoco asegura que se traduzcan en respuestas a las demandas más sentidas de las trabajadoras. Si fuera ése el caso no se comprende por qué una convención paritaria no estableció el fin de las AFPs cuya continuidad afecta en su conjunto a la clase trabajadora por supuesto, pero particularmente a las mujeres, condenadas a recibir pensiones aún más miserables.
La “igualdad de género” y el “derecho a una vida libre de violencias» son meros saludos a la bandera. La desigualdad y la violencia son inherentes al régimen social al que el sojuzgamiento de las mujeres le es funcional y que el borrador de nueva constitución intenta reciclar con un despliegue de fraseología pseudo feminista. El aparato represivo de la constitución pinochetista queda en pie y que, según lo dispuesto por el art. 296- 2., la ley que defina la política nacional de seguridad pública “deberá comprender la perspectiva de género y de interculturalidad” es una provocación lisa y llana. Las mapuches que tienen que soportar la militarización del Wallmapu difícilmente acuerden con la mentada progresividad de dicha norma constitucional. Lo más cercano a una respuesta concreta para el abordaje de violencia hacia las mujeres sería la creación de viviendas de acogida para víctimas de violencia de género que contempla el art. 51-4., pero que según la disposición transitoria trigésima segunda- 2. el ejecutivo tiene un plazo de 18 meses para diseñar e iniciar su implementación. Una eternidad en un país que en lo que va del año registra 26 femicidios consumados y 104 femicidios frustrados según cifras oficiales (https://www.sernameg.gob.cl/?page_id=27084 ).
Lo relativo al derecho a la educación no sexista, a la educación sexual integral y los derechos sexuales y reproductivos consagrados, quedan relativizados en la medida que buena parte de los establecimientos educativos privados en todos los niveles y las clínicas son propiedad de las iglesias que se han metido de lleno al negocio y, como ya lo señalamos, podrán seguir operando.
El reconocimiento como actividad económica del trabajo doméstico y de cuidados, tendría una correlación práctica en materia de seguridad social ya que se dispone “la cobertura de prestaciones a quiénes ejerzan trabajos domésticos y de cuidados” por parte del sistema de seguridad social, y la creación de un sistema nacional de cuidados. Otra vez, la creación de estos sistemas debe hacerse a través de la sanción de leyes que, en éste caso, el ejecutivo tiene 12 meses como plazo para presentarlas y el legislativo 24 meses para sancionarlas según lo establece la disposición transitoria vigesimoséptima.
A los derechos los conquistamos con lucha y organización independiente
Queda en claro que la “constitución feminista” nos lleva a la nada misma, incluso en relación al aborto legal que simplemente podrá quedar cajoneado indefinidamente en virtud de un acuerdo entre oficialismo y oposición. Y el autodefinido “gobierno feminista” es el garante de la cocina que ya se encuentra funcionando a pleno para que el actual congreso, que sigue en funciones hasta el 2026, realice las reformas que les plazca.
El feminismo de estado y quienes aspiran a ser parte de él, nos “venden la pomada” de los grandes cambios que trae la nueva constitución cuando en realidad nuestras legítimas demandas han sido utilizadas como el barniz progresista en el operativo de reciclaje y relanzamiento del régimen instaurado por la dictadura. Las organizaciones de mujeres y disidencias en lugar de sumarse a ésta estafa deberían estar denunciandola. Se evidencia el crimen político que significa someterse a los gobiernos y sus partidos. Llamamos a las luchadoras y activistas a votar nulo el 4 de septiembre y a organizarnos confiando en nuestras propias fuerzas, experiencias y trayectorias de lucha con independencia política, única garantía para conquistar nuestros derechos y terminar con éste régimen de miseria, hambre y explotación.